viernes, 22 de enero de 2010

Condena al SCS y Hospital de la Candelaria

Lamentablemente tenemos que hacernos eco de esta noticia aparecida en varios medios y lo lamentamos no por que se condene a este organismo al abono de una compensación, sino por el irreparable daño infligido a quienes se tenia la obligación de proteger y preservar.

Condenan a La Candelaria por no tener material suficiente en paritorio
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Canario de la Salud (SCS) a indemnizar a una familia con más de 765.000 euros por causar un daño irreparable a un feto, debido a que el Hospital de La Candelaria donde fue atendida la mujer carecía "de los recursos necesarios con los que debe dotar sus servicios para una adecuada atención médica".

La sentencia, que fue publicada el jueves en La Provincia, se refiere a "material indispensable en quirófanos y paritorios". Esta ausencia provoca "un conjunto de deficiencias asistenciales que culminan con el nacimiento de un niño deprimido".

Asimismo considera que la cifra de la indemnización, 765.090,68 euros, más las costas procesales, está "justificada sobradamente" por "la infinita gravedad de las lesiones y secuelas padecidas por el menor -y subsiguiente eterno calvario al que están condenados sus padres-".

Los hechos se remontan al 1 de diciembre de 1998, cuando la demandante fue ingresada en el Hospital de La Candelaria embarazada de 41 semanas y 4 días. La sentencia subraya que "hubiera sido adecuada una ecografía e incluso la toma del PH del feto". "No se practica esta prueba porque el hospital no había dotado del aparato adecuado al servicio de Urgencias de ginecología", añade el texto.

La sentencia relata varios de los hechos que se produjeron durante el ingreso de la mujer y señala que "si el protocolo SEGO (Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia), como se reconoce, en asistencia al parto consiste en intentar que se produzca el nacimiento por el método más rápido posible y menos traumático para la madre y el feto, lo cierto es que se realiza todo lo contrario, pues el proceso se hace interminable y traumático para la madre y el propio feto". En concreto, la mujer estuvo "tres días de parto".

Sobre la falta de material, la sentencia se refiere en concreto a la carencia de un aparato adecuado para medir el PH del feto ("peachímetro"), que revela la oxigenación en Urgencias ginecológicas, así como "la ausencia de monitorización continua".L.C., S/C de Tenerife (El Día.es)

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