Aunque esta situación está contemplada dentro de nuestro trabajo mediante acuerdos de colaboración entre el personal del SCS y Universidad de la Laguna, opinamos que es un tanto incongruente que, estos M.I. perciban un complemento especifico (2010) que en el caso de
- SUPERVISOR@S: 305,74€
- SUPERVISORES DE ÁREA : 390,19€
- JEFES DE SERVICIO: 434,10€
Este complemento viene añadido como característica de compensación debido a la responsabilidad del puesto y conlleva una dedicación que se supone compensada con estas cantidades.
Si añadimos que esta colaboración con la ULL mediante la docencia y presencia física de estos en las aulas de la Universidad se encuentra remunerada, y que la jornada laboral de aquellos docentes ocasionales en el HUNSC se reduce, (En algunos casos notablemente), no entendemos como puede ser compatible la remuneración por partida doble de estos conceptos: a)Docencia b)Complemento específico del puesto.
Y es que a algun@s se les ve el plumero (Id illum mordet)
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